Rafael García Gutiérrez destacó que “anefp valora muy positivamente este documento de consenso”, ya que “pone de manifiesto la importancia de la colaboración entre la administración sanitaria y la industria de autocuidado en beneficio de los ciudadanos”. También resaltó el papel que la publicidad de los medicamentos sin receta tiene “como una fuente de información de la que dispone el ciudadano para conocer qué alternativas existen en el mercado para el tratamiento de las dolencias que son susceptibles de autocuidado, información que se debe completar con la contenida en el prospecto del medicamento y con el imprescindible consejo que el profesional farmacéutico ofrece de forma personalizada en la oficina de farmacia y que hace posible garantizar el uso adecuado del fármaco”.
El objetivo de la guía es convertirse en un instrumento que garantice una interpretación clara y unívoca de la normativa vigente en materia de publicidad. El documento se irá actualizando en función de las novedades legislativas que se produzcan y de la mayor cultura sanitaria de los ciudadanos, teniéndose en cuenta las nuevas tecnologías y formas de comunicación.
La publicidad de medicamentos sin receta debe estar marcada por la evidencia del carácter publicitario del mensaje y por el hecho de que el objeto anunciado es un medicamento, así como por el consejo de leer las instrucciones de uso y la consulta al profesional farmacéutico. Otros aspectos de interés de la guía son las nuevas condiciones para la realización de publicidad de recuerdo, las prohibiciones en cuanto a la naturaleza y contenido de los anuncios establecidos en la legislación vigente, los procedimientos válidos para el envío de solicitudes, los tipos de solicitudes y las especificaciones para la autorización de páginas web, entre otros. En relación al Código de buenas prácticas incluido en la guía, se establece que los requisitos de los mensajes deben aplicarse también al texto, imágenes, piezas musicales y destinatario. FV
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